jueves, 31 de julio de 2008

Condenado a un año de cárcel el torero J. M. Manzanares hijo por una agresión


El torero José María Manzanares ha sido condenado a un año de cárcel por un delito de lesiones, al propinar un puñetazo en la ceja al empleado de una gasolinera de Alicante que le había recriminado su actitud por no respetar el turno en la fila de vehículos que esperaban para acceder al túnel de lavado.
La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 6 de Alicante y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), también obliga al diestro, de 26 años, a indemnizar a la víctima con 1.640 euros por las secuelas derivadas de la agresión.
Según el fallo, el suceso ocurrió el 5 de marzo de 2007 sobre las 11.20 horas en la estación de servicio "La Goleta" de Alicante.
La juez considera hechos probados que el torero, acompañado por su novia, accedió con su vehículo Porsche al túnel de lavado "sin respetar el turno establecido".
En ese momento, el encargado de la gasolinera, J.L.A.R., de 52 años, se acercó al coche de Manzanares hijo para recriminarle su actitud, pero el ruido de las máquinas de limpieza impidió a la pareja escuchar lo que decía el responsable de la estación de servicio, al cual no identificaron como tal ya que no llevaba puesto el uniforme de trabajo.
La discusión aumentó la tensiónUna vez en la zona de secado, J.L.A.R. se aproximó de nuevo al vehículo y volvió a reprocharle al diestro su actitud, momento en el cual éste salió del turismo y se enzarzaron en una discusión.
Tras intercambiarse varios insultos, el torero le propinó al encargado un puñetazo en la ceja derecha, el cual le provocó una herida que requirió unos puntos de sutura.
Por estos hechos, la juez considera a Manzanares culpable de un delito de lesiones, por lo que le condena a un año de prisión y a indemnizar a J.L.A.R. con 1.640 euros por las secuelas derivadas de la agresión.
Por su parte, absuelve al encargado de la gasolinera, quien estaba acusado de una falta de lesiones y otra de injurias, al determinar que el intercambio de insultos fue mutuo y en el forcejeo con el diestro, aunque lo agarró de los brazos, éste no presentaba signos de violencia externa y la intención de J.L.A.R. era más defensiva que agresora.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, que se podrá presentar en un plazo de diez días ante el Juzgado de lo Penal número 6 de Alicante.

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